miércoles, 14 de noviembre de 2012

Unas 25.000 personas, según los sindicatos, y unas 6.150, según el Gobierno, se manifiestan en Almería


ALMERÍA, 14 Nov. (EUROPA PRESS) -  
Manifestación del 14N en Almería
Foto: Europa Press

   Unas 25.000 personas, según los sindicatos CCOO y UGT, y unas 6.150, según la cifra provisional hasta las 13,30 horas dada por la Delegación de Gobierno de Andalucía, han participado en la capital almeriense en una manifestación convocada con motivo de la huelga general que ha recorrido el Paseo de Almería y la Rambla Federico García Lorca hasta su llegada al Anfiteatro de Almería.
   En declaraciones a los periodistas a la cabeza de la manifestación, el secretario provincial de UGT, José Ginel, y su homólogo en CCOO, Juan Pallarés, han hecho un balance "muy positivo" tanto del seguimiento de la jornada como de la participación en la marcha, que ha durado en torno a una hora y media.
   Ginel ha destacado el "respaldo muy mayoritario de los trabajadores" a la huelga así como el apoyo prestado en la manifestación por casi 40 asociaciones que "componen la cumbre social" de Almería y que han dado"un plus" dicha manifestación, sentido en el que ha expresado su "satisfacción" ante el desarrollo de los acontecimientos.
   En esta línea, ha destacado también el apoyo obtenido por los trabajadores del sector de la industria auxiliar de la agricultura, principalmente del manipulado, ya que se encuentran en un proceso de negociación del convenio colectivo. Asimismo, ha resaltado la participación de los trabajadores del sector privado.
   Por su parte, Pallarés ha asegurado que la manifestación ha "desbordado" las cifras previstas, motivo por el que se ha mostrado "doblemente contento", ya que ha valorado el parón secundado durante la jornada. "Ha sido un éxito total y esto debería hacer entender a Mariano Rajoy que no puede seguir gobernando en contra de sus ciudadanos, tiene que cambiar sus políticas porque si no arrastrará al suicidio a este país", ha dicho.

El Supremo niega indemnización a la promotora del hotel del Algarrobico

NO VE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO
Hotel del Algarrobico
Foto: EUROPA PRESS

Confirma que la "incuria" de la administración es "completamente independiente" al deber de Azata de adaptar el proyecto a la Ley de Costas

   ALMERÍA, 13 Nov. (EUROPA PRESS) -
   El Tribunal Supremo (TS) ha desestimado un incidente de nulidad promovido por la empresa promotora del hotel en el paraje de El Algarrobico, en Carboneras (Almería), y ha rechazado que tenga derecho a percibir indemnización por parte de la administración en caso de derribo al considerar que Azata tenía el "deber jurídico" de adaptar el proyecto a la Ley de Costas, que estipulaba una servidumbre de protección del dominio público marítimo-terrestre de 100 metros.
   El Alto Tribunal, en una providencia a la que ha tenido acceso Europa Press, confirma que no existe responsabilidad patrimonial por parte de la Dirección General de Costas al tiempo que desvincula el perjuicio que la mercantil alega haber sufrido de la "actuación descuidada" del Estado al no haber promovido la revisión del Plan Parcial del sector ST-1 donde se asienta el inmueble y haber informado favorablemente la aprobación de la norma urbanística de Carboneras que calificaba el paraje como suelo urbanizable.
   Sostiene el Supremo en su resolución, contra la que no cabe recurso, que el daño que argumenta Azata es una "cuestión completamente independiente" de la "incuria" que si le reconoce a la administración general del Estado y confirma, de este modo, la sentencia dictada el 18 de julio por la que dictaminaba que el hotel de una veintena de plantas y 411 habitaciones viola la Ley de Costas al invadir parcialmente los 10 metros de servidumbre del dominio marítimo-terrestre.
   La promotora del hotel presentó un incidente de nulidad contra el citado fallo al estimar que contradecía en sus pronunciamientos sobre la responsabilidad patrimonial del Estado a la sentencia previa de la misma sala y sección, fechada en marzo, por la que se ratificaba una resolución de la Audiencia Nacional (AN) que también declaraba la ilegalidad del hotel por contravenir la Ley de Costas.
   En sentencia de julio, en la que Azata ve vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, el Supremo argumenta que la mercantil "como propietaria del suelo" tenía el "deber jurídico" de adaptar el proyecto, que situó el hotel a 50 metros de la línea litoral, a la Ley de Costas mientras que en su sentencia de marzo atribuía a la administración estatal "desatención o incuria" a la hora de actuar para asegurar la aplicación de la mencionada ley.
   El TS concluye, en la providencia dictada el pasado día 2, que la resolución impugnada expresa "con toda claridad" que la causa "determinante" del perjuicio que esgrime la promotora es que "no efectuó reclamación previa en vía administrativa" y no cumplió su "deber jurídico", por lo que no se contravino el principio de confianza legítima ya que el deslinde de 20 metros no estaba aprobado definitivamente cuando se empezó el proyecto.
   La misma sala ya calificó de "cálculos precipitados" los que hizo Azata para levantar el hotel y consideró que "se precipitó" a adquirir suelo sujeto a un procedimiento de deslinde provisional y "más aún" al obtener licencias y permisos para acometer su construcción.
   Indicó, asimismo, que para corregir esta actuación, en alusión a la construcción del hotel, "no es necesario más que aplicar las medidas de disciplina urbanística establecidas en el artículo 38.1 del Real Decreto Legislativo 1/92 de 26 de junio a las que remitía el PORN del 1994 y todo ello sin perjuicio del ejercicio de la competencia sancionadora de la administración". Este artículo estipula que las edificaciones contrarias al planeamiento deben ser demolidas sin indemnización.