CONVOCATORIA DE CONCURSO-OPOSICIÓN PARA LA CONTRATACIÓN, COMO PERSONAL LABORAL TEMPORAL, DE CUATRO SOCORRISTAS PARA EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE HUERCAL-OVERA DURANTE EL PERIODO DE APERTURA DE LA PISCINA MUNICIPAL.
1.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA
Es objeto de la presente convocatoria la celebración de un concurso-oposición para la contratación
como personal laboral temporal durante el período de apertura de la Piscina Municipal, verano de 2011, de
CUATRO SOCORRISTAS para el Excmo. Ayuntamiento de Huércal-Overa.
A las presentes pruebas selectivas les será de aplicación lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 12 de
abril, Estatuto Básico del Empleado Público, así como la Ley 30/1984, de 2 de agosto, el R.D. 364/1995, de 10 de marzo, y la Ley 7/1985, de 2 de abril, en la parte vigente según la citada Ley 7/2007.
Se realizará un contrato por obra o servicio determinado al amparo del Artículo 15 del Estatuto de
los Trabajadores, según redacción dada por la Ley 63/1997 de 26 de diciembre (B.O.E. de 30 de diciembre), y el R.D. 2720/1998 de 18 de diciembre (B.O.E. de 8 de enero de 1999).
Los contratados percibirán las retribuciones establecidas en la plantilla de personal laboral de este
Ayuntamiento para el Grupo C2, Nivel 14 con un complemento específico de 266,93 €.
Las funciones de los socorristas son las siguientes:
Vigilancia del vaso de la piscina.
Auxilio y socorro de los bañistas.
Hacer cumplir las normas de utilización en el vaso de la piscina.
Atender el botiquín de la piscina.
Apoyo y vigilancia especial en los cursos de natación.
En general cualesquiera otras tareas de carácter análogo que por razón del servicio les
encomienden sus superiores.
2.- CONDICIONES GENERALES DE CAPACIDAD QUE HABRÁN DE REUNIR TODOS LOS
ASPIRANTES
a) Tener la nacionalidad española o ser nacional de uno de los restantes Estados miembros de la
Unión Europea o de aquellos estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en
los términos previstos en el art. 57 de la Ley 7/2007.
b) Tener cumplidos 16 años, y no exceder de aquella edad que de acuerdo con sus antecedentes de
cotización en la seguridad social le permita alcanzar la jubilación en la misma al cumplir los sesenta y cinco
años de edad.
c) Estar en posesión del título de GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA
OBLIGATORIA O EQUIVALENTE y del de SOCORRISMO, PRIMEROS AUXILIOS Y
SALVAMENTO ACUÁTICO, o en condiciones de obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de
admisión de instancias.
d) No padecer enfermedad o defecto físico alguno que impida el desempeño de las correspondientes
funciones.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio al Estado, a las
Comunidades Autónomas o a las Entidades Locales, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas, ni estar incurso en causa de incompatibilidad.
3.- INSTANCIAS Y DOCUMENTOS A PRESENTAR
Los aspirantes deberán presentar instancia en modelo oficial en la que soliciten tomar parte en el
Concurso y manifiesten que cumplen todas y cada una de las condiciones generales exigidas en la base
segunda, adjuntando fotocopia compulsada de los documentos que acrediten que. efectivamente, cumplen
estas condiciones, exceptuando las recogidas en los puntos d) y e). que habrán de acreditarse posteriormente.
Los documentos que han de aportarse para acreditar que se cumplen las condiciones indicadas en la
base 2 (apartados a, b y c) son los siguientes:
I) Documento Nacional de Identidad.
1 Excmo. Ayuntamiento de Huércal-Overa Almería
2) Título exigido o resguardo de haber abonado los derechos por su expedición
A la instancia habrán de adjuntarse las certificaciones y documentos justificativos de los méritos
alegados por los interesados. La documentación se presentará en fotocopias compulsadas. No se tendrán en
cuenta los méritos que no estén justificados por el documento correspondiente o fotocopia del mismo
presentado dentro del plazo de admisión de instancias. Pudiendo ser requerido por el tribunal a efecto de
subsanacion de deficiencias.
4.- PLAZO Y FORMA r>E PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS
Las instancias y documentación se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o por los
medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y
del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de siete días naturales, a contar desde el siguiente
al de la publicación del anuncio de la convocatoria en el tablón de anuncios del Ayuntamiento o hasta el
primer día hábil siguiente si el plazo concluye en sábado, domingo o festivo. En el supuesto de presentación
de instancias en Administración distinta al Ayuntamiento, el particular deberá comunicar mediante Fax o
telegrama la presentación de la instancia o documento, que deberá ser recibido en este Ayuntamiento dentro
del plazo de presentación de solicitudes.
Los errores de hecho podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
5.- PROCEDIMIENTO DF. SELECCIÓN DE LOS ASPIRANTES
El procedimiento de selección constará de DOS FASES, una fase de méritos y otra fase consistente
en una prueba oral:
5.1.FASE: DE MÉRITOS.- El tribunal de selección valorará los méritos alegados y justificados
documentalmente por los aspirantes, con arreglo al siguiente baremo:
5.1.1.- MÉRITOS PROFESIONALES.
Por cada mes completo de servicios prestados la Administración Local, en otras Administraciones
empresas o instituciones no públicas en puestos de igual contenido 0,25 puntos, computándose como
máximo 2,5 puntos.
5.1.2.- TÍTULOS Y CURSILLOS.
Por cursos, seminarios, jornadas relacionados con la plaza, organizados por una administración
pública o institución de carácter público incluidos colegios profesionales, universidades o sindicatos a partir
de 30 horas lectivas, por curso 0,25 puntos, como máximo 3 puntos.
5.1.3.- FORMA DE ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS:
- Experiencia profesional:
-Para acreditar los servicios prestados en la Administración Pública deberá aportarse la
correspondiente certificación expedida por el Organismo competente.
- Para acreditar los servicios prestados en el sector privado deberán presentarse, en su caso,
los contratos laborales correspondientes visados por el Servicio Público de Empleo y
certificado acreditativo de la vida laboral expedida por la Seguridad Social.
- Titulación y cursos: Fotocopia cotejada de los títulos o certificación de haber realizado todos los
estudios necesarios para su obtención.
5.2. FASE: PRUEBA ORAL.
Los aspirantes deberán realizar una prueba oral consistente en la contestación a cuatro preguntas
planteadas por el Tribunal y referidas a las funciones a desarrollar por los socorristas.
La puntuación máxima a obtener en esta prueba será de 4,5 puntos.
Excmo. Ayuntamiento de Huércal-Overa
Almería
La puntuación final de la selección se obtendrá con la suma de las fases de méritos y de la prueba
oral. En caso de empate en la puntuación total, se acudirá para dirimirlo a la puntuación otorgada en la
segunda fase.
6.- TRIBUNAL CALIFICADOR.
De conformidad con el artículo 60 de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado
Público, el Tribunal Calificador estará compuesto por los siguientes miembros:
De conformidad con el art. 60 de la Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado
Público y el artículo 11 del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, y en el artículo 4 e) y 0 del R.D. 896/91de 7 de junio, el Tribunal calificador, cuyos miembros deberán de poseer un nivel de titulación igual o
superior al exigido para el ingreso en la/s plaza/as convocadas, estará integrado por: Presidente/a y Suplente, Cuatro Vocales, Titulares y Suplentes y un/a Secretario/a, Titular y Suplente, debiendo ajustarse su composición a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y se tenderá, asimismo, a la paridad entre hombres y mujeres, de conformidad con el artículo 60.1 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Las personas integrantes del Tribunal deberán abstenerse de formar parte del mismo cuando concurra
alguna de las circunstancias previstas en el artículo 28 de la Ley 30/1992, o hubieran realizado tareas de
preparación de aspirantes a pruebas selectivas de acceso al empleo público relacionadas o que presenten una relación de vinculación con esta convocatoria, en los cinco años anteriores a la publicación de esta
convocatoria, notificándolo a la autoridad que los haya designado. El/la Presidente/a del Tribunal podrá
exigir a quienes forman parte del mismo declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias
anteriormente previstas.
Las personas aspirantes podrán recusar a quienes formen parte del Tribunal en cualquier momento
del proceso selectivo cuando concurran las anteriores circunstancias.
El Tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia del/ la Presidente/a, Secretario/a y de la
mitad al menos de los/las vocales, pudiendo acudir indistintamente a cada sesión que se produzca la persona
titular o bien su suplente.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a los trabajos en que se estime pertinente de asesores/as
especialistas. Dichos/as asesores/as se limitarán al ejercicio de sus especialidades técnicas, en base a las
cuales colaborarán con el órgano de selección, actuando por tanto con voz y sin voto en las sesiones.
7.- DESARROLLO DEL PROCESO SELECTIVO.
Mediante resolución de la Alcaldía se elaborará una lista, ordenada alfabéticamente (incluirá
nombre, apellido y D.N.I.), de los/las aspirantes admitidos y excluidos, haciendo constar el motivo de la
exclusión. Esta lista, así como todas las demás comunicaciones de este proceso selectivo se realizarán en el
Tablón de Anuncios del Ayuntamiento de Huércal-Overa.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de 3 días hábiles desde su publicación en el Tablón de
Anuncios, para presentar reclamaciones, contados a partir del día siguiente a la publicación de la lista.
Transcurrido el plazo de reclamaciones, el Tribunal Calificador elaborará una lista con la puntuación
obtenida por los/las aspirantes en la primera fase, indicando los aspirantes convocados a la siguiente fase, así como la fecha, lugar y hora de realización de dicha fase.
Propuesta de resolución. Una vez finalizada la valoración de la segunda fase, el Tribunal hará
pública la propuesta de contratación. La propuesta, en número igual al de puestos convocados (en ningún
caso el Tribunal puede declarar aprobados un mayor número de aspirantes que contratos ofertados), deberá recaer sobre los/las aspirantes que, habiendo superado la segunda fase, hayan obtenido mayor puntuación final, sumados los resultados totales de las dos fases.
Se dispondrá de un plazo de 3 días hábiles para presentar reclamaciones, contados ;i partir del día
siguiente a la publicación de la lista. Las reclamaciones se dirigirán al Tribunal Calificador.
Finalizado dicho plazo el Tribunal Calificador publicará, en los mismos lugares que las listas
provisionales, la lista definitiva de los candidatos/as seleccionados/as, ordenados de mayor a menor según la
puntuación final obtenida.
Excmo. Ayuntamiento de luércal-Overa ' Almería
Tras la publicación de la lista definitiva de eand¡dalos/as, se elevará a la autoridad competente la
propuesta de contratación de los aspirantes, según el orden tic prelacióu establecido en ia lista definitiva
mencionada, en número no superior al de plazas convocadas.
lin el caso de que alguno de los/as candidalos/as no presente la documentación correspondiente en el
plazo establecida o no cumpla los requisitos exigidos a los aspirantes, el contrato se adjudicará al siguiente
candidato/a de la lista definitiva.
Si una ve/ efectuado el contrato el trabajador causa baja, se podrá sustituir por el siguiente
candidato/a de la lista definitiva.
8.- BOLSA DE CONTRATACIÓN
Con Iüs personas aspirantes que superen el proceso selectivo, se formará una bolsa de trabajo, que
seguirá vigente para futuras contrataciones del mismo tipo, categoría y perfil, siempre que no existan otras
bolsas con prioridad sobre ésta, y .su vigencia será de 1 año.
'9.-PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
Los aspirantes seleccionados para la prestación temporal de servicios en puesto de SOCORRISTA.
cuando les corresponda una contratación, deberá presentar en la Sección de Personal, en el plazo que se le
indique, los siguientes documentos, sin perjuicio de tener que presentar otros que sean específicos para la
modalidad de contratación que se Íes proponga.
a) Declaración jurada de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
b) Declaración jurada de no estar incurso en causa de incapacidad de las contenidas en el an. 36 del
Reglamento de Funcionarios de Administración Local.
c) Declaración jurada de no tener otro empleo retribuido con cargo a cualquier organismo público,
incluida la Seguridad Social, el día de la loma de posesión, estándose a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26
lie Diciembre, de incompatibilidades del personal al ser\'Íc¡o de las Administraciones Públicas y, en especial,
a su art. 10 y en (odas las disposiciones que se dicten en su desarrollo.
d) Declaración jurada de no ejercer actividades privadas incompatibles con el puesto de trabajo que
se va a desempeñar en este Ayuntamiento y solicitud, en ^u caso, de compatibilidad para el ejercicio de
actividades privadas que se desarrollen al margen del Ayuntamiento de Huéreal-Ovcra.
e) Certificado médico acreditativo de no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibilite
para el servicio.
10.-BASE FINAL
En lo no previsto en las bases anteriores regirá la Ley 7/2007. de 12 de abril, Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley 7/85. de 2 de Abril. Regaladora délas Bases del Régimen Local, el Real Decreto
781/1986, de 18 de Abril, por el que se aprueba el Textn Refundido de las disposiciones legales vigentes en
materia de Régimen Local, así como el R..D. 896/91, de 7 de Junio, por el que se establecen las reglas básicas
y los programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de
Administración Local y el Reglamento General de ingreso del Personal al Servicio de la Administración del
listado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la
Administración Genera! del Eslado, aprobado por Real Decreto 364/95, de 10 de mar/o, y demás
disposiciones vigentes que le sean ele aplicación.
En hiércal-Overa. : 21 de Mayo de 2.012.
DOCUMENTO ORIGINAL:
http://www.huercal-overa.es/Servicios/Tablon/anexos.nsf/6CA5B32919E9F926C1257A05003B24BC/$file/2012-TA-0212.pdf